DIRECCIÓN TÉCNICA
La Dirección Técnica es el órgano de línea, dependiente de la Gerencia General encargado de proponer normas técnicas relacionadas con habilitaciones de áreas acuáticas y costeras de uso portuario, aprobar los expedientes técnicos correspondientes a las obras y equipamiento de los proyectos de inversión en infraestructura portuaria y de supervisar su ejecución.
Funciones
  1. Proponer las normas técnicas y disposiciones reglamentarias relacionadas a la infraestructura portuaria, y equipamiento portuario.
  2. Proponer las normas técnicas y reglamentarias para las habilitaciones y el uso de áreas acuáticas, franjas costeras y zonas portuarias.
  3. Emitir opinión técnica sobre las solicitudes de concesión de áreas acuáticas e infraestructura portuaria sometida a aprobación de la APN por entidades del sector público y privado, debiendo contar con la opinión favorable de las unidades ambientales de los sectores involucrados.
  4. Evaluar y proponer la aprobación en los aspectos técnicos, de estudios y obras de infraestructura portuaria, propuestos por entidades del sector público y privado. debiendo contar con la opinión favorable de las unidades ambientales de los sectores involucrados.
  5. Participar en los procesos de adjudicación de obras y equipamiento portuario a cargo de la APN.
  6. Supervisar el cumplimiento de las normas técnicas relacionadas a la infraestructura portuaria.
  7. Administrar la ejecución de los estudios de ingeniería y obras por contrata que ejecute la APN.
  8. Proponer normas técnicas en materia de ingeniería y equipamiento portuario.
  9. Revisar y emitir opinión sobre los expedientes técnicos presentados por entidades del sector público y privado para aprobación de la APN.
  10. Preparar la documentación técnica y participar en los procesos de adjudicación de los proyectos y obras a cargo de la APN.
  11. Coordinar la incorporación de los aspectos relacionados con el impacto ambiental, de acuerdo a las exigencias de la Unidad de Protección, Seguridad y Medio Ambiente, previa a la aprobación de los expedientes por la APN.
  12. Supervisar y controlar el cumplimiento de las condiciones técnicas y especificaciones autorizadas en la ejecución de los proyectos y obras aprobados por la APN.
  13. Elaborar normas técnicas relacionadas con la supervisión y control de obras y equipamiento portuario.
  14. Asesorar a las Autoridades Portuarias Regionales en materias de supervisión y control de obras y equipamiento portuario.
  15. Las demás funciones que el Directorio le asigne en materia de su competencia.